Divorcio e Impuestos 101: Declarar impuestos después de un divorcio
Es importante tener claro que la pensión compensatoria se establece tanto en las rupturas de matrimonios como de parejas de hecho, si bien el procedimiento a seguir a efectos de esa reclamación en un caso y otro no es el mismo. La edad y el estado de salud. La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo. La dedicación pasada y futura a la familia. La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge. La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal. La pérdida eventual de un derecho de pensión.
¿Cómo se cuantifica la pensión compensatoria?
En este post te resolvemos todas tus dudas. No olvides que tenemos varios post donde tratamos esta cuestión. La pensión compensatoria es un derecho del que goza uno de los cónyuges cuando el otro debe pagarle una cuantía fija, como consecuencia del desequilibrio económico sufrido durante el matrimonio. Levante posible derecho a la pensión compensatoria aparece cuando un matrimonio se separa o divorcia. El artículo 97 CC establece las circunstancias que se deben tener en cuenta a la hora de analizar si es conveniente anclar el derecho a esta pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges. Por lo tanto, para establecer la pensión compensatoria no es acuciante que alguno de los cónyuges se encuentre en una situación de apremio, sino que su economía se haya visto perjudicada por su dedicación a la familia durante el matrimonio. El momento de analizar las circunstancias recogidas en el art.
Tener un marido que no trabaja a tiempo completo
Yo no quiero que me pague carencia, sólo quiero tener a mis hijos conmigo». La pensión de alimentos de los hijos menores, o manutención, es irrenunciable e intransmisible. La respuesta la tenemos en el artículo del legislación civil: No es renunciable ni transmisible a un tercero el derecho a los alimentos. Tampoco pueden compensarse cheat lo que el alimentista deba al que ha de prestarlos. En principio, el Ministerio Fiscal se va a oponer a que se plantee un convenio regulador sin establecer el coste de una pensión mínima de alimentos. Sí debemos matizar que hemos tenido y vivido supuestos en los que la situación económica del padre o madre que se quedaba con la custodia era tan cómoda, y el de la madre o padre denial custodio era tan ajustada, que el Ministerio Fiscal no se ha opuesto a dicha medida al considerar que se garantizaba adecuadamente las necesidades del menor en compañía del padre o madre al que se atribuía la custodia. Aun así, de inicio, debes saber que no se puede renunciar a la pensión de alimentos.